DIA DEL EMPLEADO DE COMERCIO.
El Centro Empleados de Comercio invita a todos los dependientes mercantiles declarados en esta entidad (titulares afiliados y no afiliados), a participar de una encuesta general con la finalidad de evaluar la posibilidad de realizar la Cena con motivo del Día del Empleado de Comercio.-
En virtud de ello, solicitamos nos brinde su opinión respecto a qué opción le agradaría más:
Opción nº 1: Cena en el Salón Eventos El 78.-
Opción nº 2: sorteo de órdenes de compra ?en dinero efectivo- entre los afiliados y no afiliados a la entidad gremial.-
Agradeceríamos vuestra participación informándonos la opción que ud. considere conveniente, ingresando en ?contacto? en esta misma página web (última pestaña lado izquierdo), completando los datos requeridos e indicando la opción elegida (nº 1 ó nº 2).-
Encuesta vigente hasta el día 21-Julio-2025.
Muchas gracias.
Fecha: 12/06/2025

Fecha: 11/06/2025
El Centro Empleados de Comercio Filial Bell Ville, informa a todos los empleados mercantiles sobre el FERIADO NACIONAL el próximo Lunes 16 de Junio del corriente año.-
= Martes 17/06:(Paso a la inmortalidad del Gral. Don Martín Miguel de GUEMEZ) Ley 27.399
Si el personal cumple tareas en un día que esté declarado como Feriado Nacional, la empresa tiene dos opciones: 1) abonar el día como Feriado, o 2) otorgar un Franco Compensatorio.-
Ante cualquier consulta, dirigirse a la Sede sindical en Rivera Indarte Nº 170, al T.E 416098 o en el correo electrónico cecbville@nodosud.com.ar.-
Fecha: 09/06/2025
Fecha: 13/05/2025
RESUMEN ACUERDO SALARIAL - (29-Abril-2025) C.C.T. Nº 130/75 - RAMA GENERAL
=FIRMANTES: FAECYS - CAC - CAME - UDECA.
=PERIODO DE VIGENCIA: ABRIL-MAYO Y JUNIO 2025
=TOTAL DEL INCREMENTO: 5,10 % (acumulativo).
= 1,9 % NO REMUNERATIVO A PARTIR DEL MES DE ABRIL 2025.
= 1,8 % NO REMUNERATIVO A PARTIR DEL MES DE MAYO 2025.
= 1,7 % NO REMUNERATIVO A PARTIR DEL MES DE JUNIO 2025.
(base de
cálculo inicial: básicos del mes de Marzo 2025 con más las sumas no remunerativas
vigentes a ese mismo mes).-
SUMA FIJA NO REMUNERATIVA, FRACCIONADA EN:
= $ 35.000.- PARA EL MES DE ABRIL 2025
= $ 40.000.- PARA EL MES DE MAYO 2025
= $ 40.000.- PARA EL MES DE JUNIO 2025
(Importe proporcionales a la jornada de trabajo )
=Los importes no remunerativos deben ser tomados en cuenta para los adicionales de antigüedad y presentismo, liquidándose ambos conceptos como no remunerativos.
= Sobre los importes " no remunerativos " debe aplicarse las retenciones de Obra Social ( Sólo O.S.E.C.A.C) y artículo 100 del CCT 130/75.-
Fecha: 13/05/2025